Documentación para inscribirte a las carreras del DAD.
Todos los archivos deberán ser JPG o PDF.
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- Foto frente y dorso del DNI (en el caso de ingresantes extranjeros/as podrán inscribirse excepcionalmente presentando foto del pasaporte, pero deberán iniciar el trámite para obtener el DNI argentino -y presentar la constancia de dicho inicio- antes del 30 de abril del año de ingreso)
- Constancia de aptitud psicofísica expedida por hospital público, obra social o prepaga firmada por profesional médicx matriculadx. El texto del apto médico debe consignar el nombre, apellido y DNI del/la estudiante y señalar expresamente que no padece sintomatología clínica evidente por lo que se encuentra en condiciones psico-físicas de realizar las actividades de las carreras del Departamento.
El apto debe contar con fecha y lugar de emisión, y estar firmado y sellado con el Nro. de matrícula del/la profesional que extiende el certificado. No se aceptarán aptos médicos emitidos con fecha posterior a 90 días.
En caso de que la constancia sea emitida en el extranjero, debe estar apostillada y traducida, en caso de que la original no esté escrita en español. - Foto del Título Secundario. Si finalizaste el secundario, pero aún no tenés el título debés enviar una foto de una "Constancia de Certificado de Estudios en Trámite”: Esta constancia deberá ser actualizada cada 90 días, hasta presentar copia del título.
Si aún estás cursando el secundario debés enviar una foto de una “Constancia de Alumno Regular”. En esos casos, la fecha límite para entregar el Título Secundario, o “la constancia de título en trámite” será el 30 de marzo del año de ingreso.
Si finalizaste el secundario, pero aún no tenés el título debés enviar una foto de una "Constancia de Certificado de Estudios en Trámite”: Esta constancia deberá ser actualizada cada 90 días, hasta presentar copia del título.
Atención:
Los certificados de estudios secundarios expedidos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán ser legalizados previamente por la Secretaría de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Los certificados de estudios secundarios expedidos en las provincias con anterioridad al 01.01.2010 deberán estar legalizados previamente por el Ministerio de Educación de la provincia respectiva y posteriormente por el Ministerio del Interior, Obra Pública y Vivienda.
Los certificados de estudios secundarios expedidos en las provincias con posterioridad al 01.01.2010 deberán estar legalizados previamente por el Ministerio de Educación de la provincia respectiva.
Más información sobre legalizaciones: https://www.buenosaires.gob.ar/tramites/certificaciones-legalizaciones-y-titulos
Los títulos secundarios expedidos en el extranjero deberán contar con la apostilla de La Haya, o bien certificación del Consulado Argentino en el país de residencia. En caso de no estar escrito en castellano, deberá ser traducido por traductores públicos. Además, se deberá presentar la convalidación de dicho título. En caso de no poseer la convalidación del título, el/la aspirante podrá inscribirse presentando comprobante del turno para la realización de dicho trámite.
Más información sobre la legalización y convalidación de títulos extranjeros:
https://www.argentina.gob.ar/convalidar-titulo-secundario-de-paises-con-convenio
Los certificados de estudios secundarios expedidos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán ser legalizados previamente por la Secretaría de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Los certificados de estudios secundarios expedidos en las provincias con anterioridad al 01.01.2010 deberán estar legalizados previamente por el Ministerio de Educación de la provincia respectiva y posteriormente por el Ministerio del Interior, Obra Pública y Vivienda.
Los certificados de estudios secundarios expedidos en las provincias con posterioridad al 01.01.2010 deberán estar legalizados previamente por el Ministerio de Educación de la provincia respectiva.
Más información sobre legalizaciones: https://www.buenosaires.gob.ar/tramites/certificaciones-legalizaciones-y-titulos
Los títulos secundarios expedidos en el extranjero deberán contar con la apostilla de La Haya, o bien certificación del Consulado Argentino en el país de residencia. En caso de no estar escrito en castellano, deberá ser traducido por traductores públicos. Además, se deberá presentar la convalidación de dicho título. En caso de no poseer la convalidación del título, el/la aspirante podrá inscribirse presentando comprobante del turno para la realización de dicho trámite.
Más información sobre la legalización y convalidación de títulos extranjeros:
https://www.argentina.gob.ar/convalidar-titulo-secundario-de-paises-con-convenio